viernes, 24 de abril de 2026

Comunicado CONFUSAM Y COMISION JURIDICA NACIONAL

 Muy Buenos días


Junto con saludar, aprovechamos de compartir contigo  un comunicado emitido desde el Directorio Nacional y Comisión Jurídica Nacional, que viene a confirmar los derechos de los funcionarios de Ley 19378 beneficiarios del Incentivo al Retiro ante un escenario de Salud Incompatible.

COMUNICADO A LAS Y LOS SOCIOS DE CONFUSAM
            IMPORTANTE PRONUNCIAMIENTO DE CONTRALORÍA PROTEGE EL DERECHO AL INCENTIVO AL RETIRO FRENTE A LA VACANCIA POR SALUD INCOMPATIBLE

Estimadas compañeras y compañeros:
La Presidencia Nacional, junto a la Comisión Jurídica y la Comisión de Pensionados de CONFUSAM, tienen el agrado de informar a nuestras bases sobre un hito jurídico de la mayor relevancia para la protección de los derechos de las y los trabajadores de la salud pública, contenido en el reciente Dictamen N° E715 de la Contraloría General de la República (CGR), de fecha 3 de enero de 2025.

¿Cuál es el alcance de este pronunciamiento?

Este dictamen resuelve una situación de profunda injusticia que afectaba a socios y socias que, estando en proceso de retiro voluntario bajo la Ley N° 20.921, eran desvinculados por sus empleadores mediante la declaración de vacancia por salud incompatible (debido al uso prolongado de licencias médicas) antes de que su renuncia se hiciera efectiva.
La Contraloría ha establecido con claridad que el ejercicio oportuno del derecho a la seguridad social, que incluye los beneficios por retiro voluntario y adicional, debe prevalecer sobre la facultad discrecional de declarar la vacancia del cargo por salud incompatible.
Puntos clave para nuestra organización:

Protección Constitucional: El dictamen recuerda que el derecho a la seguridad social es una garantía constitucional y que los órganos del Estado tienen el imperativo de adoptar medidas que permitan el ejercicio cabal de estos derechos estatutarios.
Límite a la discrecionalidad: Aunque los jefes de servicio tienen la facultad de declarar vacancia por salud incompatible tras seis meses de licencias médicas, esta atribución debe ejercerse con racionalidad. No se puede utilizar para impedir un derecho a retiro ya asignado y tramitado, lo que podría constituir una "desviación del fin" de la institución.
Seguridad para los Postulantes: El dictamen establece que si un funcionario ya ha sido seleccionado para un cupo de retiro por la Subsecretaría de Redes Asistenciales e informó su fecha de renuncia, el Servicio de Salud no puede desvincularlo por salud incompatible. Si lo hiciera, el acto debe quedar sin efecto, reconociendo la renuncia voluntaria y procediendo al pago de todas las bonificaciones y remuneraciones pendientes.

¿Por qué es importante para quienes postulan al incentivo al retiro?

Este pronunciamiento brinda una capa de seguridad jurídica esencial para nuestras y nuestros compañeros que enfrentan problemas de salud al final de su carrera. A partir de ahora, ningún empleador podrá utilizar la condición de salud de un trabajador —que precisamente justifica la necesidad de un retiro digno— como excusa para privarlo de los beneficios económicos que por ley le corresponden.
Como CONFUSAM, seguiremos vigilantes para que este criterio jurisprudencial se aplique en cada rincón del país, garantizando que el paso al descanso de nuestras y nuestros socios sea respetado y valorado como un derecho fundamental de seguridad social.

¡Por un retiro digno y protegido para todas y todos!

PRESIDENCIA NACIONAL COMISIÓN JURÍDICA COMISIÓN DE PENSIONADOS CONFUSAM
23 de abril de 2026

AFUSAR
Pluriestamental, Autónoma, Democrática y Unida

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